La instrucción establece como prioritarios los expedientes relativos a promociones públicas o privadas de vivienda protegida, la renovación y modernización de establecimientos hoteleros para mejorar su categoría, las obras para el aprovechamiento térmico de energías renovables en viviendas, instalaciones de autoconsumo eléctrico de hasta 100 kW, y puntos de recarga para vehículos eléctricos.
También tendrán tramitación preferente los equipamientos públicos o privados y los proyectos que contribuyan al crecimiento económico y social del municipio -con un presupuesto de ejecución superior a cinco millones de euros o que generen más de 50 empleos-. También las actuaciones que pongan en valor el patrimonio histórico o contemporáneo, mantengan la identidad cultural de Mijas y se integren en el territorio y el paisaje. Podrán declararse prioritarias aquellas iniciativas consideradas estratégicas desde el punto de vista general, social, económico o turístico por la Junta de Gobierno Local.
La alcaldesa ha detallado que comenzará con la comprobación de la integridad de la solicitud y del proyecto urbanístico, que deberá incluir representación gráfica georreferenciada y el justificante del pago de tasas. Si la documentación está incompleta o presenta defectos formales, se requerirá al solicitante una única subsanación en un plazo de 10 días hábiles. De no atenderse, se entenderá que desiste de la petición y quedará suspendido el plazo de resolución hasta que se complete el expediente.
Mata ha subrayado que no se asignarán tareas a los técnicos para la emisión de informes hasta que la documentación esté completa, lo que evitará parones o retrasos en el funcionamiento del área. Una vez admitido a trámite, se emitirán de forma independiente el informe técnico-urbanístico, el de existencia de servicios urbanísticos necesarios, el informe técnico de instalaciones y el informe jurídico, con el objetivo de acortar los plazos globales.
Los informes podrán concluir con un pronunciamiento favorable, favorable condicionado, requerimiento de documentación o desfavorable en caso de deficiencias insubsanables. En función de ello, se otorgará o denegará la licencia y se contemplará la posibilidad de concesión condicionada a la subsanación de deficiencias menores.
El inicio de las obras se llevará a cabo cuando se cumpla con los condicionantes de la licencia, la presentación del proyecto de ejecución y la declaración responsable, el estudio de seguridad y salud, y la comprobación de la representación del suelo en caso de lindar con parcelas destinadas a dotación pública.
Esta nueva instrucción ha sido elaborada conforme a la normativa vigente -LISTA, RGLISTA, Decreto-Ley 3/2024 y LPACAP- y siguiendo las recomendaciones de la Guía del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana sobre Buenas Prácticas en Licencias Urbanísticas.