- TRANSPORTES MINIMIZA EL COSTE/ El Ministerio de Raquel Sánchez asegura que cumplirá con el Tribunal Supremo.
C.Morán. Madrid
El Gobierno va a recalcular la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) de las ocho autopistas de peaje quebradas en España después de que el Tribunal Supremo haya estimado parcialmente las demandas de las sociedades concesionarias bajo la tutela de administradores concursales. Como adelantó EXPANSIÓN el pasado 4 de febrero, la sala de lo Contencioso-Administrativo ha sentenciado a favor de una parte de las demandas presentadas contra la norma de interpretación del cálculo de la RPA aprobada por el Gobierno en 2019.
Accionistas y acreedores de estos activos fallidos estiman que las sentencias en cascada del Supremo van a alterar la cifra inicial prevista por el Gobierno de 1.000 millones de euros. Sin embargo, el Ministerio dirigido por Raquel Sánchez minimiza ese impacto. “De los 18 motivos del recurso, el balance es de 13 desestimados, cuatro estimados y uno estimado parcialmente. En consecuencia, la sentencia desestima la mayoría de las impugnaciones contra el Acuerdo del Consejo de Ministros”, indicaron ayer desde Transportes a EXPANSIÓN.
Según el Gobierno, además de en número, la sentencia desestima las impugnaciones que tenían más impacto económico. “Por ejemplo, la sentencia confirma que se descuenten de la RPA los justiprecios y, además, que el descuento se haga en la forma fijada por la norma de interpretación aprobada en 2019 (después de aplicar el límite global de la RPA)”, señalan en el departamento de Raquel Sánchez.
En opinión de Transportes, hay otras variables importantes que se mantendrán, como “que se descuenten los aprovechamientos urbanísticos empleados por el concesionario como sustitución del pago del justiprecio y que se aplique la amortización lineal”.
No obstante, el Gobierno reconoce que va a tener que hacer reajustes en el cálculo. El Supremo obliga a que, al computar las inversiones en obras, debe incluirse el 6% del beneficio industrial. Además, no deben descontarse de la RPA las costas procesales a cuyo abono hubiera sido condenado el Estado en los recursos sobre el justiprecio. Por otro lado, el adicional del 25% no computa para calcular la RPA ni minora su importe.
El Supremo también exige que el plazo para determinar la RPA es de 2 meses (y no de tres meses). También confirma que no pueden descontarse de la RPA las obras para la “puesta a cero” de las carreteras revertidas al Estado a través de Seittsa sino solo las que, al tiempo de recibir la autopista, fueran necesarias para su entrega en condiciones de normalidad o estado de conservación y funcionamiento adecuados.
Según Transportes, con las sentencias del Supremo “cobra más valor la propuesta de Seittsa para corregir la due diligence realizada en su momento por la ingeniería pública Ineco. El Gobierno ha reconocido de manera provisional 1.000 millones de RPA, lejos de los casi 3.000 millones que reclaman los fondos que compraron la deuda de estas concesiones quebradas.
En algunos casos, el Gobierno decidió el pago de una RPA igual a cero, tras calcular saldos negativos en autopistas como la M-12 de Madrid (promovida por OHL) o las Radiales 3 y 5 que pertenecía a ACS, Abertis, Sacyr y Bankia hasta que entró en concurso de acreedores. Los accionistas de esta sociedad (Accesos de Madrid) creen que con el recálculo de la RPA conseguirán compensar de algún modo el pago obligado por los tribunales de 450 millones a los fondos de inversión por dar garantías para financiar las carreteras.
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